Socio ordinario
Personas que, tras un año de haber sido admitidos como afiliados, soliciten el cambio de su calidad a socio ordinario y que habiendo aceptado los estatutos de la asociación sean admitidos provisionalmente por el comité de admisiones y definitivamente por la asamblea general. Los socios ordinarios son socios que contribuyen en forma continua al sostenimiento y funcionamiento de la asociación, tienen voz y voto y tienen derecho a formar parte de los órganos de gobierno de la asociación. .
Beneficios:
● Contar con un perfil en el directorio de profesionales del sitio. ● Aparecer en nuestra lista de socios. ● Tener voz y voto en las asambleas. ● Poder formar parte de los órganos de gobierno de la asociación. ● Descuentos adicionales conforme a los convenios que tenga la asociación con terceros. ● Tener derecho al uso de nuestro logo en sus materiales promocionales. ● Descuento del 35% en los cursos de capacitación que organice la asociación . ● Participar en un movimiento con el fin de profesionalizar y proteger nuestro gremio. ● Poder establecer alianzas estratégicas con otros profesionales del gremio. ● Tener acceso libre a la plataforma en línea de nuestro sitio. ● Ser elegible para recomendaciones por parte de la asociación.Requisitos:
✓ Haber cumplido como mínimo un año como socio afiliado. ✓ Carta de recomendación emitida por uno o más socios ordinarios. ✓ Haber tenido una asistencia mínima del 50% en las convocatorias de la asociación durante el año previo a la presentación de su solicitud de promoción. ✓ Colaborar activamente con la mesa directiva. ✓ No tener adeudos en el pago de sus cuotas.Al momento de estar inscritos a la asociación, automáticamente estarán sujetos al cumplimiento de los estatutos y código de ética establecidos.